EXAMEN FINAL

A raíz de consultas efectuadas en clase, se aclara que EL EXAMEN será un FINAL (es decir que abarca tanto a los contenidos de la segunda parte del curso como a los de la primera: garantías penales y procesales)

domingo, 16 de abril de 2017

EL CHIVO EXPIATORIO, Grupo 8



El fragmento de la película a analizar se centra en el juicio contra a una mujer presuntamente partidaria de la confederacion, de nombre Mary Surrat¸ a quien se le imputan los delitos de traición, conspiración y asesinato del presidente Abrahan Lincol y su secretario. Dicha mujer iba a ser enjuiciada por un tribunal de guerra compuesto por personal militar, sin tener pruebas en contra de la imputada, sin que la misma haya podido preparar su defensa previo al juicio y sin que el juicio se desarrolle en forma pública, oral y contradictoria llevado a cabo por jurados concuidadanos al igual que ella. Es decir que la película muestra como se violan una serie de garantías previstas en la Constitución de Estados Unidos. Es el propio abogado defensor de la acusada, el que se encarga de demostrar esto, dejando en evidencia que, a pesar de estar en estado de guerra o conmoción interior, la persona imputada seguía siendo un sujeto de derecho al cual debía respetarse sus derechos y garantías constitucionales. En tal sentido al constituirse el jurado militar y llevar a cabo el enjuiciamiento en forma secreta, oscura y rápida, en pos de defender los intereses de la nación, que estaban dañados, el estado no respetaba la posición de igualdad con respecto a la persona acusada y solo se interesaba en la búsqueda de la verdad material y absoluta, su verdad, que subsanaría los efectos de la guerra y devolvería la legitimidad al estado. Por ende, el Estado para poder marcar su poder, necesitaba un chivo expiatorio, es decir un acusado, más allá de las pruebas, más allá de sus derechos y la mujer encajaba perfectamente en el papel.

En el mismo momento de llevarse a cabo al juicio el abogado de la imputada, revindica que se realice un juicio justo, es decir, de tipo acusatorio y que sea conforme a los preceptos constitucionales. En este sentido, refiere que se respete la presunción de inocencia, su derecho de defensa, que el jucio sea oral y público, con un jurado de conciudadanos y no militar, que tome conocimiento de la prueba para poder defenderse correctamente, y demás garantías procesales que hagan que sea legítimo.

Sin embargo, lo que observamos es que con el argumento de la defensa de la Nación y además por la conmoción del asesinato del presidente Lincoln, se vulneran los valores constitucionales establecidos por los padres fundadores en 1787. Esos valores son los principios que empiezan por las garantías procesales que exige el estado de derecho.

MARIA LUZ RAMOS

DAIANA SOL NUÑEZ

MARIA LAURA ANTEQUERA


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