EXAMEN FINAL

A raíz de consultas efectuadas en clase, se aclara que EL EXAMEN será un FINAL (es decir que abarca tanto a los contenidos de la segunda parte del curso como a los de la primera: garantías penales y procesales)

viernes, 24 de marzo de 2017

Principio de legalidad-Ley cierta

1)Articulo 80 CP: "Se impondrá la pena de reclusión perpetua o prisión perpetua, pudiendo aplicarse lo dispuesto en el artículo 52, al que matare: (...) o a la persona con quien mantiene o ha mantenido una relación de pareja, mediare o no convivencia" (inciso sustituido por art. 1, de la ley 26791 B.O. 14/12/2012.

2) Se viola el aspecto de "ley cierta", constituyendo una "tipo abierto".

3) Esta ley que reforma el tipo penal, y se apoya en una serie de precedentes jurisprudenciales (como "WEBER" y "MGG") incluye en el inciso 1 de dicho articulo, el concepto de "relación de pareja", olvidándose de precisar dicho concepto.
El tipo se puede considerar como un tipo penal abierto debido a que con la vaguedad de dicho término deja un lugar muy amplio para la interpretación del juez, que debe ser el que en el caso concreto complete el contenido de la norma. Dichos términos no son los suficientemente claros y precisos, ni se trata de un elemento normativo, mediante el cual el juez pueda remitirse a otra área del ordenamiento jurídico, en donde este precisado, como si se da con el término "cónyuge".
 Es decir, ¿Qué se entiende por "relación de pareja"?. Al ser el juez el que deba interpretar el alcance de dicho concepto en cada caso particular, por la vaguedad del mismo, podría decirse que el tipo penal no "existe", hasta ser completado por el juez, o al menos en lo que respecta a ese concepto concreto. Por todo esto, podría decirse,que no existe ley previa anterior al hecho, sino que la ley se constituye en cada caso concreto mediante la interpretación del juez.
 Por ultimo, de esta manera, es el juez quien termina determinando el contenido de la ley y se viola de esa manera el principio de legalidad, ya que para que este sea respetado, la ley previa anterior al hecho debe ser creada por que órgano con competencia necesaria, y este es solamente "el poder legislativo".

Irachet, Alejandro.
Viegas, Noelia Anahí
Pazos Miralles, Juan Ignacio

1 comentario:

  1. Muy bien.
    ALEJANDRO, NOELIA y JUAN IGNACIO, ustedes son el GRUPO 2 (recuérdenlo).
    Saludos,
    CP

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